NORMAS DE USO DEL “SERVICIO DE PRÉSTAMO A DOMICILIO” A TRAVÉS DE TELEBIBLIOTECA

 

1º.- Para ser usuario de este servicio ha de residir en la Comunidad de Madrid y ser:

• Personas mayores 70 años
• Personas con discapacidad igual o superior al 33%, acreditada mediante certificado de minusvalía y/o certificado médico

2º.- Para poder utilizar el servicio de préstamo a domicilio de Telebiblioteca es necesario estar en posesión del carné de lector de Bibliotecas Públicas, Bibliobuses, Bibliometro y Biblioteca Regional.

3º.- El carné de lector es de uso personal e intransferible.

 

4º.- En caso de extravío o deterioro del carné, el titular del mismo deberá comunicarlo bien a través del 012 “telebiblioteca” o al personal de reparto que le lleve los materiales en préstamo, para iniciar los trámites de duplicación del carné.

 

5º.- Cada usuario podrá recibir en su domicilio.

• 3 materiales durante 30 días, con una renovación de 30 días adicionales.
• No se prestarán a domicilio materiales multimedia.
• Exclusivamente se prestarán libros y audiolibros (libro hablado).

6º.- El usuario se compromete a comunicar al 012 “telebiblioteca” cuando haya terminado la lectura del material anticipadamente.

 

7º.- El retraso en la devolución de los materiales, sin justificación documentada, supondrá para el usuario la suspensión del servicio de préstamo a domicilio y el disfrute de los servicios de las bibliotecas de la Comunidad de Madrid: (cualquier modalidad de préstamo, acceso a internet y uso de ordenadores multimedia); durante tantos días como se haya demorado en la devolución de cada uno de los documentos prestados: Por ejemplo: Si el usuario devuelve 3 documentos con 5 días de retraso, estará penalizado con 15 días de suspensión en los servicios antedichos.


8º.- El usuario que recibe un material en préstamo se compromete a velar por su integridad y buena conservación. En caso de extravío o deterioro grave está obligado a su reposición. El personal del 012 “telebiblioteca” o el personal de reparto le informará el procedimiento a seguir para su restitución. En caso de robo deberá presentar fotocopia de la denuncia realizada por el lector ante la policía.


9º.- El usuario del servicio de préstamo a domicilio o las personas con las que conviva deberán notificar cualquier cambio en sus datos personales a través del 012 “telebiblioteca”.


10º.- La utilización del servicio de préstamo a domicilio supone, por parte del usuario, la aceptación de la normativa que lo regula.

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